Boca de Urna en CABA: Qué Es y Para Qué Sirve
A minutos del cierre de los comicios en las elecciones legislativas en la Ciudad de Buenos Aires, comienzan a surgir los denominados boca de urna. Esta práctica común busca anticipar los primeros resultados de la votación. Sin embargo, es crucial destacar que el artículo 71 del Código Nacional Electoral prohíbe la publicación de estos datos.
El artículo 71 establece que se prohíben actos de proselitismo público y la publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante el desarrollo del comicio y hasta tres horas después de su cierre. Esta norma tiene como objetivo evitar que se altere el proceso electoral antes de su finalización.

Qué Son los Boca de Urna
A diferencia de los sondeos de opinión realizados en semanas previas a las elecciones, donde se pregunta a los electores por quién votarán, un sondeo a boca de urna recoge información de aquellos que ya han emitido su voto. Estas encuestas se llevan a cabo el mismo día de la elección, entrevistando a personas que salen de los establecimientos de votación.
Es importante señalar que los datos obtenidos a través de estos sondeos no pueden ser publicados en ningún medio, ya que no solo se violaría la ley, sino que también podrían generar información engañosa debido al tamaño de la muestra y la delimitación territorial.
Regulaciones del Código Nacional Electoral
En Argentina, el artículo 71 del Código Nacional Electoral prohíbe expresamente la publicación de encuestas sobre el cierre para evitar interferencias en el proceso electoral. Aunque los comicios cierran a las 18:00, existen distritos donde el proceso puede extenderse más allá de esa hora, lo que hace esencial mantener la integridad de la información hasta el cierre completo de las mesas.
Resultados de las Elecciones en CABA
Según la experiencia del proceso electoral del año 2023, se anticipa que el Instituto de Gestión Electoral podrá ofrecer resultados parciales del recuento de votos antes de las 21:00 horas del día de los comicios. Estos resultados mostrarán tendencias irreversibles en la votación de los ciudadanos.
Además, es posible que se complete el recuento provisorio de votos antes de que transcurran las tres horas desde el cierre de las mesas, lo que podría invalidar la prohibición legislativa sobre la difusión de resultados. Para garantizar la transparencia y eliminar incertidumbres, se autoriza al Instituto de Gestión Electoral a difundir resultados parciales del escrutinio provisorio una vez contabilizados ciertos porcentajes de mesas de votación.
Estos porcentajes incluyen el 25% de la totalidad de las mesas del distrito y el 33% de cada una de las 15 comunas, o a partir de las 21:00 horas del día de los comicios, lo que ocurra primero. Este enfoque busca asegurar que la población reciba información precisa y oportuna sobre los resultados electorales.